Crimen en el siglo XX: fragmentos de análisis sobre la evidencia cuantitativa
Ira
Beltrán, City University of New York—
Graduate Center
Pablo Piccato, Columbia University
Este artículo presentará la evidencia general sobre el crimen en la ciudad de México durante el siglo XX y tratará de examinarla desde una perspectiva histórica. Un tema tan vasto, ya tratado ampliamente por académicos y periodistas, merece la precaución de hablar sólo de fragmentos de un análisis. Los resultados serán necesariamente incompletos pero creemos que tendrán al menos dos usos. El primero es abierto: presentar la evidencia cuantitativa y sintetizarla gráficamente. El segundo, más intencionado, es un exámen crítico de las hipótesis que explican los vaivenes del crimen en la ciudad de México a partir de factores socioeconómicos y de aquellos asociados con la actividad judicial y policial.
Preside nuestro intento la convicción de que una perspectiva histórica puede contribuir una alternativa a los cargados debates sobre criminalidad en el presente. Por tal entendemos al acercamiento que, primero, hace preguntas sobre el cambio y la permanencia. En este caso, sobre las razones para el aumento de las tasas hasta la revolución y su descenso posterior que se desprende de las series. Pero un cuestionamiento histórico también incluye preguntas sobre el contexto social e institucional del objeto de estudio así como sobre la trama de significados dados al mismo por diversos actores sociales. En otras palabras, una perspectiva histórica es una perspectiva cultural y abierta a la agencia histórica sobre un fenómeno que con demasiada frecuencia es construido de una manera simplista y preñada de intenciones ulteriores.
Cualquier cuenta de la criminalidad es discutible porque existen muchas formas de definir qué es un crimen: lo que proscribe la ley, lo que persiguen las autoridades o lo que perciben las víctimas y el público. Toda fuente será parcial por más que, como es usual, haya sido generada por instituciones estatales. No todas las víctimas denuncian los delitos, ni todos los policías y jueces actúan contra los sospechosos; peor aún, las peculiares definiciones del crimen usadas por los segundos pueden inflar ciertas prácticas que los ciudadanos no ven como criminal. El uso crítico de la información disponible, sin embargo, no deja de ser necesario, aunque sea imposible llegar finalmente al nirvana positivista del número "real" de crímenes que se cometen en una sociedad y un tiempo determinados. En este ensayo seguimos la escepticismo razonable de Keith Bottomley. La tasa de criminalidad es, en sus palabras, “el producto de una serie de decisiones tomadas por víctimas o testigos del crimen, por oficiales de policía y por los delincuentes” —es decir: el resultado de un largo y complejo proceso que involucra a múltiples actores. Asumiendo que las reglas que guían esas decisiones pueden ser conocidas, podemos afirmar que las estadísticas judiciales son un buen indicador de las tendencias en la frecuencia con que se comenten y persiguen los crímenes más graves. Las debemos entender, en consecuencia, como indicadores ambiguos pero valiosos de un fenómeno social que incluye la actividad de la policía y de los juzgados criminales.[1]
Con esas salvedades y los detalles discutidos en el Apéndice 1, las estadísticas disponibles en México para el siglo XX, presentadas en el Apéndice 2 y en las gráficas, parecen confiables. La evidencia cualitativa sobre tendencias ascendentes, las “olas de crimen” registradas en periódicos y otras fuentes, particularmente en las décadas de 1900, 1930 y 1990, apoya las tendencias ahí registradas.
La Gráfica 1 presenta los totales de sentenciados y presuntos delincuentes para el Distrito Federal entre 1895 y 1998. Un hecho se dibuja claramente: el crimen aumentó de una manera marcada en los años finales del porfiriato y comenzó a descender después de la revolución. Para los años de guerra civil no hay estadísticas, porque las funciones judiciales fueron interrumpidas, pero los testimonios periodísticos y literarios y el análisis de expedientes criminales en el archivo del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal indican que la violencia y la ilegalidad en la ciudad de México probablemente alcanzaron su cima en estos años. Sin embargo, como la violencia política durante estos años se mezcló, y probablemente eclipsó, a la criminal, el hueco en la serie es la mejor forma de presentar lo que sabemos.[2] La Gráfica 1 también presenta un aumento notable en la segunda parte del siglo veinte. Pero a ésta hay que considerarla con cuidado, como lo demuestra la Gráfica 2, que presenta la misma información normalizada con respecto a la población del Distrito Federal. El resultado no altera lo observado para el porfiriato, hace más acusado el descenso después de la revolución, y corrige la impresión de que las últimas décadas son de aumento precipitado.
Las Gráficas 3 a 6 presentan los datos de consignados por lesiones, homicidio, robo y violación. Lo que se observa aquí es un descenso de largo plazo en lesiones y homicidio, un incremento en robo desde la década de 1980 y un incremento gradual en la violación desde los años treinta. Como lo indica el Apéndice 2, estos delitos son muy distintos en cuanto a su parte del total, pues homicidio y violación suman un porcentaje pequeño. Sin embargo, todos son significativos por indicar tendencias diversas y, como veremos en la segunda parte, responder a diversos factores, por lo que se impone su análisis por separado.
No se refleja en estas gráficas el aparente aumento de la criminalidad en los últimos años. Para algunos autores, es probable que dicho aumento haya superado ya los niveles más altos del período anterior a la revolución. Según diversas fuentes, el volumen de denuncias ha aumentado desde 1994, aunque desde 1998 se percibe un descenso que, de todas maneras, no es suficiente para crear la sensación de que el asunto esta próximo a resolverse.[3] En la Gráfica 4 se ve un aumento en los índices de robo desde los años ochenta, pero aún ahí parece menor que los niveles de la primera mitad del siglo. Sólo el tiempo puede decir si las últimas tendencias son la plaga bíblica que describen los periódicos o sólo un ciclo breve que no alterará la tendencia descendente a largo plazo. Volveremos a este dilema en la parte final del capítulo.
Si se comparan las tasas para el Distrito Federal con las de otras ciudades se observa que, a pesar de la tendencia hacia el descenso, la criminalidad en el Distrito Federal es de las más altas en el mundo. Es preciso tener una gran precaución para hacer estas comparaciones a través de distintos países y sistemas judiciales, aunque las tasas de homicidio (el crimen sobre el que puede haber menos equívocos para su definición) son generalmente usadas con fines comparativos. Los niveles de las primeras décadas del siglo eran muy altos; en las últimas tres, nuestro país se encuentra entre los países con tasas de homicidio más altas en el mundo, aunque debajo que las de Colombia, El Salvador, Nicaragua, las Bahamas y Jamaica—por citar casos latinoamericanos.[4]
Dos preguntas muy claras se plantean desde un punto de vista histórico: 1) ¿Por qué ascienden las tasas durante el porfiriato tardío? y 2) ¿Por qué descienden de una manera tan clara y prolongada después de la revolución?
La respuesta a 1) (discutida a fondo en un trabajo más exhaustivo pero más restringido cronológicamente[5]), se debe situar en el contexto de la expansión urbana de fines del siglo XIX y del proyecto de modernización autoritaria del gobierno de Porfirio Díaz. Desde las últimas décadas de ese siglo, la capital comenzó a recibir migrantes del resto del país a un paso acelerado pero sin modificar la estructura básica de los servicios prestados a la población. Mientras el centro y las nuevas colonias de clase alta recibieron más infraestructura y protección policial, la mayor parte de la ciudad creció sin mucho orden en el marco de la negligencia de las autoridades urbanas. En otras palabras, se trataba de una ciudad que a duras penas se amoldaba a su nueva población, a la expansión de relaciones laborales asalariadas o por lo menos monetarizadas, a la permanencia de la vieja insalubridad y a las limitaciones de las instituciones estatales y comunitarias necesarias para responder al delito.
Todos estos factores, comunes a otras ciudades latinoamericanas en expansión a fines del siglo XIX, multiplicaron su efecto debido a las agresivas estrategias del régimen porfiriano contra el crimen. Bajo la doble influencia de los prejuicios de clase y raza heredados de la colonia y las drásticas teorías ofrecidas por la criminología positivista, el Estado porfiriano optó por utilizar la represión en una escala sin precedentes. Una idea común de las doctrinas científicas sobre el crimen era la de que existía una clase especial de seres humanos, los criminales, que podían ser identificados sin duda. Aparte de mantener a raya la debilidad moral de los nuevos trabajadores urbanos, la acción punitiva del Estado eliminaría a los que no podían ser reformados. El castigo, según los prejuicios y la teoría, debía dirigirse contra los criminales como clase, más que contra los individuos que cometían un delito específico. La evidencia de esta nueva agresividad, sin paralelos en el resto de la historia nacional, es indiscutible: la profesionalización de la policía urbana desde 1879, la inauguración de la penitenciaría de San Lázaro en 1900, el crecimiento de la población de reclusos allí y en la vieja cárcel de Belén, los aumentos a las penas por robo, las campañas de arrestos contra “rateros” y el uso de las colonias de trabajos forzados en Valle Nacional y de la colonia penal de las Islas Marías —a donde miles de sospechosos fueron conducidos desde la ciudad de México, muchos de ellos antes de haber sido sentenciados. Estas políticas hostiles contra las clases trabajadoras fueron en general ineficaces para prevenir el crimen. Las tasas aumentaron hasta 1910 y el descenso ocurrió a partir de 1920, cuando los gobiernos posrevolucionarios comenzaron a perder interés en las recetas represivas positivistas y a poner más atención en la educación y otros aspectos de su relación con las clases trabajadoras urbanas.[6]
El problema surge cuando tratamos de extender esta explicación al período posrevolucionario. La expansión urbana continúa a lo largo del siglo pero es precisamente durante los años en los que el crecimiento de la población fue más acusado en el Distrito Federal (1940-1980) que las tasas descendieron más claramente y llegaron a sus niveles más bajos en el siglo. Queda la segunda parte de la explicación para el aumento en pie: las tasas descendieron porque, a diferencia del porfiriato, el Estado estaba menos interesado en "adquirir" crimenes a través de una acción penal agresiva.[7] ¿Se trata, en suma, de una disminución en la actividad judicial que no corresponde con una en la actividad delictiva? ¿O, por el contrario, es posible considerar el descenso general de la criminalidad como una prueba del éxito de las políticas sociales posrevolucionarias? Ambas preguntas ponen al Estado en el centro de la explicación del crimen. ¿Puede interpretarse este descenso, alternativamente, como un signo de cambios sociales y culturales de más largo plazo, independientes de la acción estatal? La siguiente sección explorará diversas hipótesis para responder estas preguntas.
Estas preguntas han preocupado a muchos estudiosos a lo largo del siglo veinte. Existen dos vertientes principales en sus respuestas. Aunque la mayoría de los autores afirmaría situarse en un punto intermedio entre ambas, conviene analizarlas.
Discutiremos en primer lugar lo que llamamos la “hipótesis judicial” que explica las altas tasas mexicanas y el incremento reciente como una consecuencia de la corrupción, desorganización y pobreza de medios del sistema policial y judicial —incluyendo tribunales comunes y ministerio público. Poco preocupada por explicar el descenso secular en la criminalidad, esta corriente sostiene que el crimen ha sido un fenómeno cada vez más disruptivo en el México posrevolucionario porque las autoridades encargadas de castigarlo normalmente dejaban libres a los verdaderos culpables mediante el cohecho. La impunidad se convirtió en la norma y la mayoría de la población perdió su fe en el sistema judicial. Aunque las estadísticas sugirieran un descenso en el crimen, la realidad era que menos gente lo denunciaba, y probablemente que la delincuencia real haya aumentado continuamente.
Alfonso Quiróz Cuarón presentó esta hipótesis con claridad en Tendencia y ritmo de la criminalidad en México. Basado en información sobre números de delincuentes presuntos y sentenciados y actas levantadas ante el Ministerio Público en los años treinta, Quiróz notó que los primeros descendían a pesar de que las terceras aumentaban. Esto demostraba que el sistema era cada vez menos eficiente en atender las necesidades del público.[8] Las razones eran en parte institucionales: en enero de 1931 los comisarios de policía del Distrito Federal habían dejado su lugar a los agentes del Ministerio Público. El cambio de procedimientos, manifestación de una creciente tendencia a centralizar el ejercicio de la acción penal, resultó contraproducente, según Quiróz Cuarón.[9] El signo más claro del problema era la razón del número de presuntos responsables entre el de sentenciados: a mayor diferencia, menor capacidad del sistema para condenar a los culpables. La proporción en el Distrito Federal era particularmente alta comparada con otras ciudades.[10] En 1958, Quiróz Cuarón volvió a presentar esta tesis. Aunque los números totales seguían descendiendo, estos no describían una disminución real en el crimen sino un aumento de “la corrupción y la impunidad”.[11]
Una variante de la hipótesis de Quiróz Cuarón ha sido usada para explicar el reciente aumento del crimen en la ciudad. Según varios autores, en los años noventa la corrupción ha alcanzado un extremo tal que adquirió un efecto catalizador: más criminales se dedicaron al delito porque la posibilidad de ser capturados o penados era más reducida. La evidencia presentada por Rafael Ruiz Harrell en Criminalidad y mal gobierno sugiere que el aumento insensato del crimen a partir de 1993 significa la pérdida de todo lo que se había ganado desde 1930.[12] Investigaciones recientes presentan mediciones de la impunidad más convincentes que las de Quiróz Cuarón. Según encuestas, la ciudad de México es la peor en el país en términos de inseguridad pero también es la ciudad cuyos habitantes son más reacios a acudir a la policía para denunciar un crimen: en 1996, por ejemplo, 69.6 por ciento de las víctimas de un delito no lo denunciaron.[13] Entre 1990 y 1995, sólo se encontraron culpables en el cuatro por ciento de los delitos conocidos por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal a través de actas. Medida de esta forma, la impunidad en el Distrito Federal es cinco veces más alta que la de Río de Janeiro y treinta veces más alta que la de Londres en 1994, no obstante que las denuncias en el Distrito Federal son menos frecuentes que en estas y otras ciudades importantes.[14] La culpa de este desastre, según Ruiz Harrell, es de los presidentes neoliberales, pasivos y corruptos que dominaron el período más reciente de la política nacional. Los gobiernos federales se han dedicado a aumentar el número de policías sin eliminar su corrupción y sin proveer suficientes agentes del Ministerio público para atender las denuncias del público.[15]
La hipótesis es muy atractiva porque la respalda, de manera intuitiva, la evidencia cotidiana de las esquinas de la ciudad donde la policía recoge la mordida, en los juzgados donde las causas se arrastran por meses y a veces tienen resultados inesperados, en la sospecha general de que muchos criminales andan sueltos porque le llegaron al precio a un agente de la judicial o a un juez o a un general. Una lectura somera de los periódicos de la segunda mitad de los noventa refuerza esta intuición al documentar cómo el narcotráfico ha extendido su influencia a los más altos niveles de gobierno. Desde los años ochenta organizaciones criminales mexicanas han ocupado un lugar crecientemente importante en la producción, transporte y distribución de drogas prohibidas en los Estados Unidos. La coincidencia de este fenómeno con el aumento en las tasas de criminalidad (en las cuales los delitos contra la salud no son todavía los más importantes) parece probar la hipótesis judicial de manera irrefutable al señalar a la corrupción como la causa.
Contrastada a las tasas de criminalidad para el siglo XX, esta hipótesis confirma la relativa autonomía de los factores judiciales como una de las causas de las altas tasas de criminalidad. La Gráfica 7 muestra la evolución de la proporción entre presuntos y sentenciados. Se observa una tendencia ascendente, una precipitada caída entre 1948 y 1953, y una relativa estabilidad desde entonces. La conducta de esta variable no puede explicarse simplemente como resultado del incremento en el número de presuntos delincuentes (r=.100) ni con el porcentaje del presupuesto federal destinado al a PGR (r=.327). El sistema judicial, en otras palabras, parece seguir una lógica que es ajena a la de las tasas criminales y a la del gasto policíaco.
Valdría la pena, en este caso, utilizar un lenguaje menos moralizante que el que ve en una alta proporción entre presuntos y sentenciados simplemente corrupción e impunidad. La variable indica, literalmente, la capacidad del Ministerio Público para obtener sentencias condenatorias contra aquellos sospechosos a los que decidió someter a juicio. Si se la pone en el contexto de la evidencia cualitativa sobre la operación de la justicia en la ciudad de México, esta proporción indica a) la distancia entre las percepciones sociales sobre el crimen (traducidas en una denuncia y consignación) y las decisiones judiciales (cifradas en una sentencia culpable) y b) la limitada flexibilidad de recursos del aparato judicial al enfrentar rápidos aumentos en el número absoluto de crímenes. En otras palabras, un proporción menor de presuntos entre sentenciados acusa una mayor adecuación del sistema judicial a las definiciones sociales.
Esta formulación es significativa porque el problema con la tesis judicial es que reduce al crimen a una función gubernamental. Llevada a su extremo, implica que las tasas de criminalidad no indican más que los delitos “adquiridos” por el gobierno pero carecen de relación con la realidad.[16] De una manera estatista que caracteriza a otras investigaciones sociales producidas en el último tercio del siglo XX, esta explicación aísla a la criminalidad de la sociedad en la que emerge; convierte un complejo fenómeno social en un problema administrativo y político. Al hablar de instituciones y de construcciones culturales (que no otra cosa es la adecuación definida arriba) proponemos "descentrar" la hipótesis judicial y regresar al exámen de prácticas sociales.[17]
La otra vertiente explicativa es la que podríamos llamar la “hipótesis social”. Esta sostiene que el delito es una consecuencia de diversos factores sociales que empujan a los sectores más vulnerables de la población a transgredir la ley. Los niveles de desempleo, pobreza, desigualdad, educación y crecimiento urbano son citados como factores causales del aumento o descenso de la criminalidad. La explicación del crimen como producto de factores sociales tiene un linaje tan antiguo como la misma ciencia de la criminología. A fines del siglo XIX autores de gran influencia en México, como Gabriel Tarde, enfatizaban los factores “ambientales” como causa del crimen en las ciudades modernas. No obstante la discreta supervivencia de la explicación positivista que, siguiendo al prócer Cesare Lombroso, ve al crimen como el resultado de los atavismos anatómicos y psicológicos que caracterizaban a una porción de la población, la hipótesis social adquirió mayor fuerza después de la revolución —reforzada sin duda por la antropología indigenista y por las políticas sociales del nuevo régimen.[18]
A mediados del siglo XX las explicaciones sociales se unieron con la búsqueda de “lo mexicano” para producir una variante culturalista y psicoanalítica. En 1900 Julio Guerrero ya había adelantado esta combinación totalizante de medio ambiente, pobreza y psicología popular como causas del delito en La génesis del crimen en México. Otros autores la usaron para explicar la violencia e indiferencia a la muerte que, argüían, caracterizaba a “el mexicano”.[19] Quiróz Cuarón, en su obra de 1958, presentaba una versión de la hipótesis social que combinaba cultura y factores socioeconómicos. Si, por un lado, el crimen parecía modernizarse con la disminución de la violencia y el aumento del robo, por el otro la alta tasa de homicidios en México reflejaba las consecuencias neuróticas de un “complejo de Coatlicue” que llevaba a los mexicanos a devorarse a sí mismos y a morir y matar con indiferencia. En otras palabras, México era un país incivilizado en el que el homicidio iba en aumento. Y por si algún elemento ambiental faltara, Quiróz Cuarón hacía eco de las descripciones de Guerrero y añadía como un factor adicional al caluroso clima mexicano.[20]
Mucha agua ha corrido bajo el puente de la criminología mexicana. En los estudios más recientes la hipótesis social ha sido presentada de una manera más precisa y por lo general carente de los matices freudianos de mediados del siglo XX. Las tasas de criminalidad han sido asociadas con el problema de la habitación en la capital y en particular con los niveles del producto interno bruto. En efecto, la correlación es negativa entre el producto interno bruto por habitante y la tasa de presuntos delincuentes (r=-.692) aunque, paradójicamente, menos acusada en el caso del robo (r=-.528); lo mismo se puede decir de la correlación entre presuntos y el porcentaje de alfabetismo en el Distrito Federal (r=-.788).[21] En otros países ha sido señalada la correlación positiva entre el desempleo y las tasas criminales pero en este caso no fue posible establecer una comparación debido a la brevedad de las series mexicanas sobre desempleo. La tesis articula muy bien la coincidencia de índices decrecientes entre las décadas de 1940 y 1980 y la prosperidad económica del milagro mexicano, aunque también deja ciertas dudas.
Entre la operación de verificar la coincidencia de prosperidad y tasas descendentes y la de establecer un mecanismo causal se puede caer en la “falacia ecológica” de atribuir culpabilidad a los pobres —verbigracia, si los criminales abundan cuando abundan los desempleados, entonces los desempleados son criminales. El problema es que esta hipótesis propone una relación simple y directa entre penuria y crimen, como si la decisión de cometer un delito, y luego de denunciarlo, no estuviera mediada por otros factores. El más obvio entre estos es el riesgo de ser capturado (o, desde el punto de vista del quejoso, la posibilidad de obtener una sentencia condenatoria); a mayor riesgo, menor probabilidad de que un individuo cometa el crimen y mayor de que sea denunciado. Otro factor que media la influencia de las condiciones socioeconómicas es el de la estigmatización. Si un sector de la población es percibido por autoridades y el resto del público como naturalmente “criminal”, el costo social de un acto ilegal es de entrada menor para este grupo: hay poco que perder en cometer un delito, puesto que ya uno es tratado como ratero.[22] La estigmatización puede muy bien explicar por qué en ciertas áreas de la ciudad de México, como Tepito y la colonia Benos Aires, la mala fama de sus habitantes coincide con mayor agresividad policial en su contra, resultando en una engañosa coincidencia entre criminalidad y pobreza.
En el caso específico del México posrevolucionario, la hipótesis social ha llevado al paradójico resultado de reforzar la versión más estatista de la hipótesis judicial. En la perspectiva de Ruiz Harrell, por ejemplo, el responsable de la corrupción y la impunidad y el empobrecimiento es el mismo: el presidente y su incapacidad para evitar la crisis económica. El Estado, una vez más, crea el crimen al crear el contexto que lo causa.[23] El riesgo es acumular factores causales que impiden la percepción del crimen como un producto cultural en el que múltiples actores intervienen de una manera consciente y creativa.
Un mejor aprovechamiento de las series estadísticas puede desprenderse de la combinación de múltiples factores, tanto sociales como judiciales. Pablo Fajnzylber, et al., Determinants of crime rates in Latin America and the world: An empirical assessment es un ejemplo reciente dirigido al diseño de políticas públicas. La hipótesis central sigue un modelo económico: las tasas aumentan como producto del costo del crimen (la posibilidad de castigo para el criminal) y la inercia del sistema judicial —medida con las tasas de criminalidad con un intervalo. Tal inercia es un factor del aumento a largo plazo del crimen debido a la menor probabilidad de aprehensión que sigue a un incremento corto y súbito en los arrestos y su impacto en sistemas judiciales con limitada capacidad de respuesta. La hipótesis es puesta a prueba mediante una regresión de múltiples variables que compara diversos casos nacionales de manera sincrónica. Las variables incluyen indicadores judiciales pero también sociales, como educación, desigualdad, actividad económica general, uso de drogas y la pena de muerte. Esta aparente heterogeneidad de factores adquiere coherencia sobre la premisa de que el crimen responde a un mecanismo básico de decisión racional. En otras palabras, si el costo social del crimen disminuye y las recompensas aumentan las tasas responderán positivamente. El resultado es que, dadas ciertas combinaciones de factores, la hipótesis tienen un considerable capacidad explicativa.[24]
El modelo de Fajnzylber debe ser matizado con un poco del escepticismo de Bottomley. En primer lugar, y como lo expresamos al plantear dos preguntas sobre el siglo XX mexicano (una sobre el aumento, otra sobre el descenso de las tasas) los índices criminales de largo plazo deben ser tratadas con cuidado debido a que múltiples factores que son difíciles de cuantificar (como la influencia de los sindicatos y otras instituciones) pueden afectar las tasas de manera diferente en distintos períodos. Ahondaremos en este tema más abajo.
En segundo lugar, no todas los indicadores cuantificables tiene la misma validez. Por ejemplo, la evidencia disponible en Inglaterra y otros países no apunta hacia una relación causal muy clara entre el uso de drogas y el crimen. La duda se extiende a otras medidas de la acción estatal: si se consideran los números de efectivos de la policía contra la tasa de reincidencia y la proporción de delitos que no son perseguidos, se puede concluir que “las prácticas y las políticas de justicia penal tienen un efecto estrictamente limitado sobre las tasas de criminalidad.”[25] Un claro ejemplo es el de la pena de muerte. De acuerdo con estudios que comparan estados en los Estados Unidos con o sin pena de muerte, Carol W. Kohfeld y Scott H. Decker concluyen que, contra la hipótesis de Fajnzylber y otros, la presencia de la pena de muerte tiene un efecto positivo en la tasa de homicidio —aunque su influencia es mucho menor que la de factores demográficos como el número de hombres jóvenes no blancos y el porcentaje de población urbana.[26]
Lo cual no obsta para intentar un análisis de la evidencia presentada arriba. A partir de la evidencia disponible, intentamos probar mediante regresiones estadísticas la explicación formulada a partir de evidencia cualitativa para el período hasta 1930. En otras palabras, partimos de la hipótesis de que una combinación de estrategias punitivas del Estado y de cambios en la sociedad urbana explican las variaciones en la frecuencia de la criminalidad. Siguiendo la experiencia porfiriana, postulamos que las estrategias represivas tienen un efecto contrario al deseado: a mayor agresividad del Estado correspondería un aumento en el crimen. Utilizando las series estadísticas disponibles practicamos una serie de regresiones a partir de la información que abarca todo el siglo veinte.[27]
La variable dependiente es la tasa de presuntos delincuentes por 100,000 habitantes. Como mencionamos más arriba, este es el mejor indicador disponible de la respuesta combinada del público y las autoridades ante el crimen.
Las variables independientes son:
1) El porcentaje representado por el presupuesto de la Procuraduría General de la República dentro del presupuesto total de egresos. Se trata de una medida aproximada del interés del Estado por combatir el crimen a través de su inversión en el Ministerio público. (El número de policías en el Distrito Federal u otro indicador más inmediato de la actividad estatal sería más convincente pero no está disponible en una serie lo suficientemente larga.)
2) La proporción (ratio) de presuntos sospechosos entre sentenciados (ilustrada en la Gráfica 7), considerado por Quiróz Cuarón y otros autores como índice de la eficacia del aparato judicial. La serie se aplicó con un intervalo de un año para estimar su efecto en las consignaciones del año siguiente.
3) El producto interno bruto por habitante en pesos de 1970. Esta es la serie más extensa disponible en este sentido y ha sido utilizada por otros autores.
4) El porcentaje de alfabetismo en el Distrito Federal. Esta variable indica escolaridad y se puede asociar con la capacidad de la población para acudir a los tribunales.
La Tabla 1 muestra las correlaciones Pearson entre estas variables y la variable dependiente. La Tabla 2 presenta resultados que tienden a reforzar la hipótesis judicial: El presupuesto de la PGR tiene un efecto positivo en la tasa de presuntos, al igual que la proporción de presuntos entre sentenciados, la variable con mayor capacidad explicative. En otras palabras: mientras más dinero invierte el gobierno y, sobre todo, es mayor la brecha entre acusados y culpables del año anterior, mayor será el número de presuntos delincuentes.
Las variables sociales no arrojan un resultado tan claro. A mayor alfabetismo, menor tasa de presuntos y, aquí la paradoja, a mayor PIB por habitante mayor tasa de presuntos. Esto puede deberse al aumento de la desigualdad que ha acompañado al crecimiento de la segunda mitad del siglo veinte. Por desgracia no hay una serie sobre desigualdad lo suficientemente extensa como para usarla en estas regresiones. Sin embargo, el PIB por habitante, utilizado por otros investigadores con resultados positivos, no parece ser tan significativo como otros factores.
Lo importante es que la capacidad explicativa de la combinación de todos estos factores es considerable (R2=1.000) y sugiere que la explicación de las tendencias históricas en las tasas de criminalidad se encuentra en efecto en una combinación de factores sociales y judiciales. En otras palabras, la tasa de criminalidad en el Distrito Federal responde tanto a los factores socioeconómicos como a la efectividad del sistema judicial.
Puesto en perspectiva histórica, el poder explicativo de la variable de presuntos entre sentenciados invita a poner atención factores institucionales. El cambio de organización en el Ministerio Público mencionado por Quiróz Cuarón adquiere así una importancia considerable. El Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal de 1931 establecía claramente en su artículo 2o. que “Al Ministerio Público corresponde el ejercicio exclusivo de la acción penal.”[28] El papel del Ministerio Público y el del Juez Instructor quedaba claramente separados y la parte ofendida quedaba subordinada, según el nuevo código, a “poner a disposición del Ministerio Público y del Juez Instructor todos los datos que conduzcan a establecer la culpabilidad del acusado” (art. 9). Estas disposiciones sentaron las bases para grandes cambios en las respuestas sociales e institucionales ante el crimen. Un análisis de expedientes judiciales hasta 1931 muestra que las víctimas del crimen y en general las comunidades urbanas habían tenido un papel muy importante en la investigación, la detención e incluso la negociación de una reparación con los sospechosos.[29] El Código de Procedimientos Penales de 1894, no decía nada sobre la exclusividad del Ministerio Público sobre la acción penal pero afirmaba, en su artículo 2o, que el Ministerio Público representaba a “la sociedad” en la acción penal. Más aún, el código hacía mención de la acción civil contra los delincuentes que podía acompañar a la acción penal pero sin estar subordinada a ella, acción que debía ser iniciada por la parte ofendida (art. 3o). El artículo 7 ponía de manifiesto la descentralización que existía de hecho en la investigación de los delitos: la “policía judicial” era ejercida por comisarios, inspectores de policía, jueces correccionales y jueces criminales. Los cambios legales en 1931 sentaron las bases de un proceso de centralización en el que la policía judicial comenzó a concentrar recursos, se aisló crecientemente de los intereses de las víctimas y las comunidades urbanas, y se volvió más dependiente de las estrategias políticas. El énfasis, en consecuencia, cayó en la persecución policial mientras se le restaba importancia al proceso de impartición de justicia. Esto hacía posible un desfase entre la acción penal y las respuestas sociales al crimen, y un consecuente aumento de las tasas de criminalidad cuando el desfase aumentaba.
Esta hipótesis permite situar en un contexto histórico de más largo plazo el incremento acelerado a partir de mediados de los años noventa del siglo veinte. En los años recientes, el gobierno federal ha invertido cada vez más dinero en perseguir el crimen, pero los recursos han estado cada vez más concentrados. Los presuntos delincuentes por delitos de fuero federal en todo el país han aumentado de 6,418 en 1980 a 32,199 en 1996. Sin embargo, 44.32 por ciento de estos arrestos son por delitos contra la salud. Aunque el gobierno federal dedica crecientes recursos a las instituciones policiales e involucra al ejército, los medios para investigar y juzgar a los presuntos delincuentes siguen siendo escasos.[30]
En otras palabras: la acción represiva del Estado tiende a centralizarse y enfocarse en la persecución del tráfico de drogas, en lugar de dirigirse a la persecución de los crímenes que afectan a la vida cotidiana de la población. El problema no es grave mientras las tasas descienden y los factores sociales son favorables; pero cuando aumentan las tasas este problema es resentido primero que nada por las víctimas del crimen. Por lo tanto, la correlación positiva entre gasto federal contra el crimen y tasas criminales no significa que, en los últimos años del siglo veinte, el sistema judicial sea considerado más confiable por las víctimas y el resto de la sociedad. Más dinero y más arrestos no se traducen en más justicia y seguridad.
Todas estas afirmaciones generales tienen que ser matizadas al analizar crímenes específicos. Regresando a la Gráfica 5, podemos preguntarnos ¿por qué la tendencia general al descenso en las tasas totales durante la era posrevolucionaria no parece afectar el delito de violación? La regresión usada para la tasa total de presuntos también explica una parte considerable de la variación en las sentencias por violación (R2=.698) siguiendo las mismas líneas que en la Tabla 2.
La lección es que el análisis puede depurarse a este nivel. En este caso podríamos agregar un factor que no puede analizarse para los totales: la forma en que el crimen es definido y penado. Por una parte, las definiciones de violación y rapto y estupro (la otra ofensa más frecuente entre los delitos sexuales) creaba ambigüedades que dejaban un margen considerable a las interpretaciones subjetivas de los magistrados en la corte y que disuadían a muchas víctimas de presentar una denuncia. Si bien los Códigos penales de 1871 y 1931 consideran que tanto la “violencia moral” como la violencia física pueden ser elementos constitutivos del delito de violación, investigación preliminar sugiere los magistrados preferían sentenciar cuando el caso presentaba pruebas de violencia física, por lo menos para algunos periodos[31]. La misma investigación sugiere que, a partir de los cambios en práctica judicial introducidos paralelamente al nuevo Código de 1931, hubo una tendencia por parte de los magistrados a tratar como violación, cópulas con mujeres “impúberes”, definidas normalmente como menores de dies y seis años. En estos casos, se consideraba que no existía la posibilidad de consentimiento por parte de la ofendida. Esta tendencia podría afectar las tasas de violación porque se aumentan a este rubro delitos perpetrados contra mujeres “impúberes” que anteriormente se hubieran tratado como casos de estupro.
Por otra parte, la práctica judicial de privilegiar la violencia física como prueba del cuerpo del delito podría afectar las tasas negativamente. El examen médico (llevado a cabo por los peritos médicos de las delegaciones) que generalmente se utilizaba para procesar estos casos podía ayudar a disuadir a las víctimas de presentar una denuncia. Al mismo tiempo, la importancia que los magistrados otorgaban a los resultados de dicho examen podía influir las decisiones de los agentes del ministerio público respecto a cómo procesar los casos. Un caso denunciado por la víctima como violación o estupro podía transformarse en un caso de rapto o “atentado contra el pudor” si el examen médico no dectectaba signos de que hubiera habido cópula.
Sin embargo, la incidencia del crimen sigue aumentando. La pregunta es si el aumento en las tasas de violación indican un aumento real en la incidencia del delito o un cambio en la actitud de las víctimas que las lleva a denunciar a sus atacantes con mayor frecuencia. Una investigación más exhaustiva de los cambios en las actitudes de las autoridades judiciales hacia las víctimas de violación, de éstas ante el sistema judicial y de hombres y mujeres entre sí ayudaría a ampliar nuestra comprensión del fenómeno. Las conclusiones que se desprenden de un análisis específico de los delitos sexuales sirven para anotar los límites de esta investigación, y sugerir líneas de investigación adicionales. Si, como hemos mencionado al principio de esta ponencia, el crimen es el resultado de una compleja interacción entre las decisiones de una serie de actores diversos, tanto individuales como institucionales, los investigadores interesados en explicar este fenómeno social haríamos bien en incluir en nuestro análisis los contextos culturales e institucionales en los que se toman estas decisiones.
¿Qué conclusiones se pueden extraer de la evidencia y el análisis presentados aquí? En primer lugar, el análisis contradice las teorías que asocian modernización con crimen. Como ya notamos, el ritmo del crecimiento poblacional no coincide con el ritmo de crecimiento de las tasas de criminalidad. Más aún, la regresión muestra que a mayor alfabetismo menor tasa de presuntos. El crecimiento de la ciudad, por lo tanto, no se traduce en anomia y desorden.[32] La pobreza en sí misma tampoco parece resultar en mayor criminalidad, como lo sugiere el peso menor del PIB per cápita en la Tabla 2 (aunque la correlación entre éste indicador y la variable dependiente es positiva, como se ve en la Tabla 1, lo cual refuerza la utilidad de utilizar regresiones de múltiples variables en lugar de simples correlaciones).
Si se aplican las lecciones del porfiriato al siglo veinte surge una precisión muy necesaria para entender la interacción entre factores institucionales y sociales: las políticas estatales deben coincidir con el crecimiento urbano para tener un efecto positivo sobre las tasas de criminalidad. En otras palabras, cuando el Estado adopta medidas represivas en momentos de presión social, entonces hay un efecto muy claro de aumento de los índices delictivos. En términos más específicos, cuando el Estado enfatiza la represión del crimen y el gasto policial pero deja que el sistema judicial sea menos eficiente, el número de presuntos delincuentes tiende a subir.
Dos puntos finales. El primero es enfatizar la utilidad de una perspectiva histórica para entender el problema de la criminalidad. Como sugiere el análisis anterior, es útil poner los cambios de corto plazo (las “olas” criminales) en el contexto de cambios más lentos. Un análisis histórico también implica poner en juego una multiplicidad de factores. Hemos mencionado la eficiencia del sistema judicial, las estrategias represivas del Estado (factores políticos), pero también factores sociales como el alfabetismo y el nivel de ingresos, e institucionales como la definición de la acción penal. Finalmente, y como sugerimos con nuestra elección de la variable dependiente, la definición misma de crimen debe ser entendida como un producto cultural en el que confluyen múltiples actores y autores: víctimas, comunidades urbanas, policías, jueces, administradores. Solo así puede entendérselo como un fenómeno histórico.
El segundo punto tiene que ver con una pregunta que ni siquiera los historiadores podemos rehuir: ¿Qué se puede hacer para atacar el problema actual del crimen? No podemos dar recetas pero sí sugerir ideas basadas en la experiencia del siglo veinte. Por supuesto que un aumento en el nivel de ingresos y particularmente en el nivel educativo de la mayoría de la población sería un paso favorable. Pero aparte de obvia, tal propuesta es demasiado simple. Hay otras acciones que el Estado puede emprender y que podrían tener un impacto en la tasa de criminalidad. Concretamente, es posible cambiar la forma en que se invierte el presupuesto. La evidencia sugiere que sería buena idea gastar menos dinero en la policía y otros órganos represivos e invertir más recursos en el sistema de justicia. El objetivo sería disminuir la agresividad represiva del Estado (que en el presente se dirige a la lucha contra las drogas y olvida otros delitos más frecuentes) y aumentar la capacidad de las cortes y el Ministerio Público para atender las denuncias del público y en consecuencia aumentar la confianza de la población hacia esas instituciones. Aumentar la autonomía de los encargados del Ministerio Público con respecto a las autoridades políticas sin duda contribuiría en esta dirección.
Los cambios que sugerimos concentrarían el esfuerzo en aquellos delitos que tienen más impacto en la vida cotidiana de la población de la ciudad de México. El resultado sería aumentar el costo del delito para los potenciales delincuentes y probablemente se traduciría en un menor número de presuntos y sentenciados. Sólo entonces se justificaría transferir recursos hacia delitos como el tráfico de drogas, que son prioritarios para el Estado. El objetivo, después de todo, no es encarcelar más sospechosos, sino disminuir los incentivos para cometer un crimen.
Las fuentes son las estadísticas publicadas por las autoridades federales y locales.[33] La calidad de la información estadística sobre el crimen en la capital no es homogénea. Cuando la evidencia comenzó a ser recopilada, en el porfiriato, varios autores criticaron la falta de continuidad y sistema, en particular de los datos publicados en los años anteriores a la revolución por el Procurador de Justicia del Distrito Federal. Una demostración de estos problemas es la repentina baja en el numero de presuntos delincuentes en 1904, debido a cambios en los criterios del conteo. No es coincidencia: las estadísticas de todo tipo eran pensadas por los administradores porfirianos como el mejor testimonio de la modernización nacional, pero las cifras sobre criminalidad en los años anteriores a 1910 claramente contradecían el propósito. No obstante, y en particular a partir de 1930, la información estadística parece más confiable y no ha sido criticada de la misma forma por los especialistas que la han usado.[34]
Sin embargo, esta información implica varias carencias:
a) no se trata aquí de arrestos por la policía, muchos de los cuales, sobre todo en el siglo XIX y en las primeras décadas del XX no llegaba nunca a un juzgado porque los arrestados eran sancionados con una multa o una noche en la comisaría. Existen datos sobre arrestos para el porfiriato que sugieren números altísimos pero que incluyen “borrachos tirados” y prostitutas, a los que no es correcto considerar como criminales;
b) no hay datos sostenidos sobre quejas presentadas a las policías del Distrito Federal que no resultaron en ningún arresto. Mucho menos se cuenta con series extensas sobre crímenes no reportados por las víctimas. Como en otras sociedades, es probable que un porcentaje muy alto de los crímenes queden sin denunciar, y es seguro que las estadísticas judiciales dejan fuera un buen número de delitos. Las tasas de criminalidad podrían ser contrastadas con la tasa de delincuentes y con encuestas sobre victimización entre la población general;[35]
c) las cifras de sentenciados no contemplan las apelaciones presentadas por los culpables, y que en algunos casos pueden haber resultado en la derogación de su sentencia. Debido a la escasez de recursos legales al alcance de la mayoría de los sospechosos es probable que este número sea muy pequeño;
d) tanto presuntos como sentenciados no incluyen a crímenes del fuero federal como portación de armas prohibidas, daño a vías de comunicación y tráfico de drogas.
[1] Keith A. Bottomley, Crime and Punishment: Interpreting the Data, Philadelphia, Open University Press, 1986, p. 3. Agradecemos para la elaboración de este trabajo la asistencia invaluable de Emilio Pineda y Pilar Zazueta.
[2] Véase Francisco Ramírez Plancarte, La ciudad de México durante la revolución constitucionalista, México, Botas, 1941, 70.
[3] Arturo Alvarado citado por Sergio Aguayo Quezada, “Crimen y corrupción: La tentación de Doris”, Reforma, 8 Marzo 2000.
[4] En 1900, por ejemplo, el Distrito Federal tenía 13 sentenciados por homicidio por 100,000 habitantes (las cifras siguientes son del mismo tipo) y en 1909 la tasa subió a 31.53, y a 37.17 en 1930. Ese mismo año, la relativamente alta tasa de arrestos por homicidio en Buenos Aires era 21.00. Lyman L. Johnson, “Changing Arrest Patterns in Three Argentine Cities: Buenos Aires, Santa Fe, and Tucumán, 1900-1930” en Lyman L. Johnson, ed., The Problem of Order in Changing Societies: Essays on Crime and Policing in Argentina and Uruguay, 1750-1940, Albuquerque, University of New Mexico Press, 1990, 136. Entre 1900 y 1904, la tasa de sentenciados por homicidio en el departamento del Sena, en Francia, era 2.01; en Berlin en 1905-1909, la tasa era 2.75. Howard Zehr, Crime and the Development of Modern Society. Patterns of Criminality in Nineteenth Century Germany and France, London, Croom Helm, 1976, 118. La tasa en Roma en 1900-1909 era 8, Daniele Boschi, “Homicide and Knife Fighting in Rome, 1845-1914” en Pieter Spierenburg, ed., Men and Violence: Gender, Honor, and Rituals in Modern Europe and America, Columbus, Ohio University Press, 1998, 132-133. Quiroz, Alfonso Quiroz Cuarón et al, Tendencia y ritmo de la criminalidad en México, México, Instituto de Investigaciones Estadísticas, 1939, 111. Sobre tendencias recientes, ver Pablo Fajnzylber et al., Determinants of crime rates in Latin America and the world: An empirical assessment, Washington, World Bank, 1998, 14, 37. La tasa promedio de homicidio por habitantes en México entre 1970 y 1994 fue 21.29; la de Colombia esos mismos años fue 44.96; la de Estados Unidos, 9.38.
[5] Pablo Piccato, City of Suspects: Crime in Mexico City, 1900-1931, Durham, Duke University Press, en prensa.
[6] Para un análisis del pensamiento penal positivista ver Robert Buffington, Criminal and Citizen in Modern Mexico, Lincoln, University of Nebraska, 1999. Sobre las campañas contra rateros, Piccato, City of Suspects, caps. 6 y 7.
[7] La expresión en Eric H. Monkkonnen, The Dangerous Class: Crime and Poverty in Columbus, Ohio, 1860-1885, Cambridge, Harvard U. P., 1975, p. 43.
[8] Quiroz Cuarón et al, Tendencia y ritmo, 45-46.
[9] Quiroz Cuarón et al, Tendencia y ritmo, 102-103.
[10] Quiroz Cuarón et al, Tendencia y ritmo, 128.
[11] Alfonso Quiroz Cuarón, La criminalidad en la República Mexicana, México, Instituto de Investigaciones Sociales—UNAM, 1958, p. 10, 31, 65.
[12] Rafael Ruiz Harrell, Criminalidad y mal gobierno, México, Sansores y Aljure, 1998, p. 14.
[13] Ruiz Harrell, Criminalidad, 55; Sergio Aguayo Quezada, “Crimen y corrupción: La tentación de Doris”, Reforma, 8 Marzo 2000.
[14] Ruiz Harrell, Criminalidad, 61, 64.
[15] Ruiz Harrell, Criminalidad, 15, 57, 68.
[16] Además de la obra citada de Monkkonen, véase V.A.C. Gatrell, Bruce Lenmand y Geoffrey Parker, “Introduction” en Crime and the Law: The Social History of Crime in Western Europe since 1500, Londres, Europa Publications, 1980, 9.
[17] Para una aplicación de esta idea a la literatura política, véase Jeffrey Rubin, Descentering the Regime: Ethnicity, Radicalism, and Democracy in Juchitán, Mexico, Duham, Duke University Press, cap. 1.
[18] Buffington, Criminal and Citizen. Véase por ejemplo Francisco Martínez Baca y Manuel Vergara, Estudios de Antropología Criminal: Memoria que por disposición del Superior gobierno del Estado de Puebla presentan . . . , Puebla, Benjamín Lara, 1892; Pablo Piccato, “La construcción de una perspectiva científica: miradas porfirianas a la criminalidad”, Historia Mexicana, 185 (diciembre 1997).
[19] Julio Guerrero, La génesis del crimen en México. Estudio de psiquiatría social, México, Porrúa, 1977 [1901]; véase Ariel Rodríguez, “Julio Guerrero: ciencia y pesimismo en el 900 mexicano” en Historias 44 (sept.-dic., 1999), 43-55. Un ejemplo de estas perspectivas en Federico Gamboa, La llaga, México, Eusebio Gómez de la Puente, 1922 [1903], 397. La idea de una “subcultura de la pobreza” caracterizada por violencia y machismo fue presentada por Oscar Lewis, The Children of Sánchez. Autobiography of a Mexican Family, New York, Random House, 1961, xxiv, 38, 57. Sociólogos del crimen han adoptado la idea en sus referencias a México (en México “the use of violence is taken from granted and homicide is a common form of death” y prevalece “a fatalistic expectation of violence and death” y “subcultural areas of violence”, Marvin E. Wolfgang and Franco Ferracuti, The Subculture of Violence, London, Tavistock, 1967, 280.
[20] Quiroz, La criminalidad, 37, 72-79, 81.
[21] La cantidad de presuntos delincuentes será usado en este trabajo para establecer las correlaciones estadísticas. “Presuntos” son aquellos sospechosos presentados ante la autoridad judicial; “sentenciados” son los que después del juicio fueron encontrados culpables. El número de presuntos no equivale al número de crímenes cometidos pero sí al número de casos en que el público y las autoridades judiciales estuvieron de acuerdo sobre la probable existencia de un crimen.
[22] Un análisis de estas explicaciones en John Braithwaite, Crime, Shame and Reintegration, New York, Cambridge University Press, 1989); Bottomley, Crime and Punishment, 138.
[23] Harrell, Criminalidad, 32, 35, 43.
[24] El número de observaciones no es muy grande en todas las regresiones. Es difícil de evaluar estos resultados, sin embargo, puesto que se apoyan en múltiples fuentes, provinientes de diversos sistemas judiciales, e incluyen variables cuya relación con las tasas criminales es muy discutible y dependiente de múltiples factores intermedios, como el uso de la pena de muerte y el número de ofensas relacionadas con el tráfico de drogas. Fajnzylber et al., Determinants.
[25] Bottomley, Crime and Punishment, 166.
[26] Carol W. Kohfeld y Scott H. Decker, “Time Series, Panel Design, and Criminal Justice: A Multi-State, Multi-Wave Design” en Kimberly L. Kempf, Measurement Issues in Criminology, New York, Springer-Verlag, 1990, p. 224.
[27] Las regresiones fueron realizadas con base en la información estadística publicada para el Distrito Federal y otros indicadores socioeconómicos compilados por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, Estadísticas históricas de México, 1985.
[28] Código de Procedimietnos Penales para el Distrito Federal, México, Porrúa, 1994; Código de procedimientos penales concordado con el código penal . . . por el Lic. Ricardo Rodríguez, México, Herrero, 1902.
[29] Ver Pablo Piccato, City of Suspects, cap. 6.
[30] Para un testimonio en este sentido por funcionarios judiciales, ver Proceso, 1096, 2 de noviembre de 1997. En la estimación de José Elías Romero Apis, ex funcionario de la PGJDF, la institución sólo puede investigar 8 por ciento de los delitos que se denuncian ante ella. Raúl Monge, “Las políticas de seguridad pública las dictan los noticiarios de radio”, Proceso, 1096, 2 de noviembre de 1997.
[31] La discusión que sigue se basa en el estudio detallado de los casos de delitos sexuales publicados en los Anales de Jurisprudencia, entre los años 1933 y 1941. Comisión Especial de los Anales de Jurisprudencia y Boletín Judicial, Anales de Jurisprudencia, Publicación creada por la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia y Fuero Común del Distrito y Territorios Federales, México D.F., Tomos 2, 5, 9, 13, 17, 19, 22, 31, 33, 34 y 35.
[32] Ver para una conclusión semejante Eric Johnson, Urbanization and Crime: Germany 1871-1914, New York, Cambridge University Press, 1995.
[33] Cuadros estadísticos e informe del Procurador de Justicia concernientes a la criminalidad en el Distrito Federal, México, Ascorve y Gayoso, 1900-1907; Anuario estadístico de los Estados Unidos Mexicanos, México, publicado en distintas épocas por Dirección General de Estadística, Departamento de la Estadística Nacional, Sistema Nacional de Información, Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática; Anuario estadístico del Distrito Federal, México, Departamento del Distrito Federal, Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática; Cuaderno de estadísticas de seguridad y orden público, México, INEGI, 1994.
[34] Carlos Roumagnac, La estadística criminal en México, México, García Cubas, 1907, 19, 10-15. Otras críticas incluyen Ignacio Fernandez Ortigoza, Identificación científica de los reos: Memoria escrita por. . . , México, Sagrado Corazón de Jesús, 1892, 8; Miguel Macedo, La criminalidad en México: Medios de combatirla, México, Secretaría de Fomento, 1897, 23; Antonio Ramos Pedrueza, La Ley Penal en México, de 1810 a 1910, México, Tip. Vda. de Díaz de León, 1911, 14; Dirección General de Estadística, Estadística del ramo criminal en la República Mexicana que comprende un periodo de quince años, de 1871 a 1885, México, Secretaría de Fomento, 1890, iii-vii.
[35] Bottomley, Crime and Punishment, p. 3, 11.